ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA
LEGISLACIÓNOrganismo: Jefatura del Gobierno
Boletín oficial: Boletín Oficial del Estado (BOE), 277, 19-11-2005
Establece que el Gobierno podrá autorizar primas superiores a las previstas para las instalaciones que usen como energía primaria, energía solar o biomasa (no entendiendo como biomasa los residuos sólidos urbanos ni los peligrosos).
Además se podrá determinar una prima que complemente el régimen retributivo de las instalaciones de producción de origen térmico del régimen ordinario cuando, además de utilizar el combustible, usen también biomasa como combustible secundario (combustión)
Nivel: Estatal